Seguro no sabías que…
Según el artículo 43 serás multado si instalas o llevas en tu coche:
- Bandas de oruga o llantas metálicas
- Faros que deslumbren a los demás conductores
- Detector de radares de velocidad
- Modificaciones al escape
- Claxon que emita ruido excesivo o que sea diferente al instalado de fábrica
- Polarizado con oscurecimiento mayor a 20%
Según el artículo 40, serás multado en caso de que a tu auto le falte:
- Combustible o aceite
- Una bocina que emita un sonido audible desde sesenta metros en circunstancias normales
- Luces faros y calaveras en buen estado
- Llantas que garanticen un buen agarre al piso
- Dos espejos retrovisores laterales
- Silenciador de escape
- Cinturones de seguridad en todas sus plazas
- Extintor, señalamientos de emergencia, llanta de refacción y herramienta para su cambio
¿Y la estacionada?
El artículo 29 y 30 dice que serás sancionado si dejas tu coche:
- Sobre o debajo de cualquier puente, así como en un túnel
- En el costado izquierdo de la vía cuando existan camellones centrales o glorietas
- En lugares donde se obstruya la visibilidad de la señalización vial
- A menos de seis metros de la entrada de una estación de bomberos y de vehículos de emergencia
- A menos de diez metros de un cruce de vía férrea
- En vías de dos carriles ida y vuelta, a menos de cincuenta metros de otro vehículo estacionado en el lado opuesto
- A menos de 100 metros de una curva o cima sin visibilidad
- En sentido contrario a la circulación
- A más de 30 centímetros de distancia del límite del arroyo vehicular
- Sin freno de estacionamiento y con las ruedas rectas o de tal manera que el auto se dirija al arroyo vehicular en caso de que se desplace al dejarlo en una pendiente
Según el artículo 9 serás multado si superas el límite de velocidad en:
- Zonas de tránsito calmado (30 km/h).
- Zonas escolares, de hospitales, etc. 20 (km/h).
- Estacionamientos y en vías peatonales (10 km/h).
El artículo 7 señala que serás sancionado con 2,606 pesos si insultas, denigras o golpeas a un oficial de tránsito, personal de apoyo vial u otro usuario de la vialidad.
¡Aguaaas!
Serás multado hasta con 2,606 pesos y detenido hasta por 36 horas por:
- Efectuar reparaciones a vehículos en la vía pública
- Mantener un vehículo estacionado una vez que se requirió su retiro por la autoridad
- Utilizar inadecuadamente, obstruir, limitar, dañar, colocar, deteriorar o destruir la señalización vial
¿Cómo funcionan los puntos?
Cada placa de circulación tiene un máximo de 10 puntos, cada infracción registrada por cámaras o radares viales le restará una unidad. Por las primeras dos infracciones que cometas te harán solo una llamada de atención, se restarán dos puntos de las placas y listo, peeero a partir de la tercera sanción tendrás que asistir a cursos de capacitación y si eres reincidente y sumas seis infracciones de un punto tendrás que realizar trabajo comunitario en la CDMX.
Por ejemplo, si vas manejando y rebasas el límite de velocidad por más de 40% de lo permitido, de forma automática le van a quitar cinco puntos a tus placas.
¿Cuál es el trabajo comunitario?
- Limpieza, pintura o restauración de centros públicos educativos, de salud o de servicios.
- Limpieza, pintura o restauración de los bienes dañados por el infractor o semejantes a los mismos
- Realización de obras de ornato en lugares de uso común.
- Realización de obras de balizamiento, limpia o reforestación en lugares de uso común.
- Impartición de pláticas a vecinos o educandos de la comunidad en que hubiera cometido la infracción, relacionadas con la convivencia ciudadana o realización de actividades relacionadas con la profesión, oficio u ocupación del infractor.
- Participación en talleres, exposiciones, muestras culturales, artísticas y/o deportivas en espacios públicos que organice la alcaldía en donde se haya cometido la infracción.